Inicio: Considerando que, en la economía basada en la atención de la actualidad, algunas empresas tecnológicas utilizan el diseño y funcionalidades de sistema para aprovechar las vulnerabilidades de los usuarios y consumidores a fin de captar su atención y aumentar la cantidad de tiempo que pasan en las plataformas digitales; que muchos servicios digitales, como los juegos en línea, las redes sociales, los servicios de emisión en continuo de películas, series o música, los mercados en línea o las tiendas en línea pueden estar diseñados para mantener a los usuarios en la plataforma el mayor tiempo posible a fin de maximizar los datos recopilados, así como el tiempo y el dinero que gastan en ella, la actividad, la interacción, la producción de contenidos, el desarrollo de red y el intercambio de datos; que esto es particularmente cierto para los servicios de monetización de datos; que, por consiguiente, muchos servicios en línea están diseñados para cumplir varios objetivos a la vez, a saber, optimizar la experiencia de los usuarios, retener su atención y, por lo tanto, ser lo más adictivos posible; que no todos los servicios digitales se basan en el mismo modelo de negocio, de tal forma que, si bien algunos servicios digitales se basan en la monetización de los datos y el tiempo dedicado a la aplicación para recopilar datos y utilizarlos con fines publicitarios, otros servicios digitales funcionan total o parcialmente con modelos basados en suscripciones que pueden contener, o no, características de diseño adictivas; que algunos servicios consiguen no depender de un diseño que prolongue el tiempo dedicado a la plataforma; que el éxito comercial y el desarrollo ético de las aplicaciones no son mutuamente excluyentes; que los términos «diseño manipulador», «diseño adictivo» o «diseño conductual» de los servicios en línea describen características que conducen a peligros y perjuicios relacionados con el comportamiento, incluidas formas de adicción digital, como el uso excesivo o nocivo de internet, la adicción a los teléfonos inteligentes, la adicción tecnológica o a internet y la adicción a las redes sociales; que existe un creciente consenso en el mundo académico en cuanto a la existencia de fenómenos como la «adicción a las redes sociales»; que debemos estudiar las características de retención de la atención o adictivas que incitan dicho comportamiento, no los medios de comunicación o dispositivos en sí mismos; que se requiere una mayor investigación para comprender mejor los problemas subyacentes, el impacto de los servicios en línea y las posibles soluciones; …
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